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Guía Completa del D.S. 157/2005 para Empresas de Control de Plagas en Chile

Equipo PlagasControl·2025-04-21·9 min de lectura

Todo lo que necesitas saber sobre el Decreto Supremo 157/2005 que regula las empresas de desinfección, desinsectación y desratización (DDD) en Chile. Requisitos, obligaciones y cómo cumplir.

¿Qué es el Decreto Supremo 157/2005?

El Decreto Supremo N° 157 del Ministerio de Salud, publicado en 2005, es la norma principal que regula las empresas de desinfección, desinsectación y desratización (DDD) en Chile. Si operas una empresa de control de plagas, esta es la ley que debes conocer al detalle.

¿A quién aplica?

El D.S. 157 aplica a toda persona natural o jurídica que realice actividades de:

  • Desinfección: eliminación de microorganismos patógenos
  • Desinsectación: control de insectos (cucarachas, moscas, pulgas, etc.)
  • Desratización: control de roedores
  • Control de plagas en general con productos químicos

Requisitos para operar legalmente

Autorización sanitaria

Toda empresa DDD debe contar con una resolución sanitaria emitida por la SEREMI de Salud de su región. Esta autorización debe renovarse periódicamente y estar siempre visible en tu oficina.

Director técnico

El D.S. 157 exige que cada empresa cuente con un director técnico con título profesional habilitante (químico farmacéutico, ingeniero agrónomo, biólogo u otro profesional con formación en control de plagas).

Personal capacitado

Todo el personal aplicador debe contar con capacitación certificada en:

  • Manejo seguro de plaguicidas
  • Primeros auxilios en caso de intoxicación
  • Uso correcto de equipos de protección personal (EPP)
  • Procedimientos de aplicación según tipo de plaga

Productos autorizados

Solo puedes utilizar productos registrados en el ISP (Instituto de Salud Pública). Cada producto debe tener su hoja de seguridad disponible y el registro vigente.

Documentación obligatoria por servicio

El D.S. 157 exige que por cada servicio emitas un certificado de aplicación que contenga:

  • Datos de la empresa (razón social, RUT, N° resolución sanitaria)
  • Datos del director técnico
  • Datos del cliente y dirección del servicio
  • Fecha y hora de la aplicación
  • Tipo de servicio realizado
  • Productos utilizados (nombre comercial, principio activo, N° registro ISP, dosis)
  • Plagas objetivo
  • Áreas tratadas
  • Recomendaciones post-servicio y período de reingreso
  • Firma del técnico responsable

Este certificado debe entregarse al cliente y una copia debe archivarse por al menos 2 años.

Fiscalizaciones: qué revisa la SEREMI

Las SEREMI de Salud realizan fiscalizaciones donde verifican:

  • Vigencia de la autorización sanitaria
  • Presencia del director técnico
  • Registro de servicios actualizado
  • Hojas de seguridad de productos
  • Condiciones de almacenamiento de plaguicidas
  • EPP del personal
  • Certificados de capacitación del equipo

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento del D.S. 157 puede resultar en:

  • Multas de 1 a 1.000 UTM (desde ~$65.000 hasta ~$65.000.000 CLP)
  • Suspensión temporal de la autorización sanitaria
  • Revocación definitiva de la autorización
  • Clausura del establecimiento

Cómo PlagasControl te ayuda a cumplir el D.S. 157

Nuestro software fue diseñado considerando cada requisito del D.S. 157:

  • Certificados automáticos con todos los campos exigidos por la norma
  • Registro digital de servicios con respaldo por más de 5 años
  • Base de datos de productos ISP con registros y hojas de seguridad
  • Control de vencimientos de autorizaciones y capacitaciones
  • Reportes de trazabilidad listos para fiscalización en un clic

Conclusión

Conocer y cumplir el D.S. 157/2005 no es solo una obligación legal: es la base para operar con profesionalismo y acceder a clientes más exigentes. Con herramientas digitales como PlagasControl, el cumplimiento se vuelve automático y simple.

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